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Corte Constitucional
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Boletín de prensa 24 de mayo de 2011
EL TIEMPO
CORTE PIDE INVESTIGAR A MAGISTRADOS DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA
La solicitud de la Sala Penal se da dentro del proceso que se le sigue a Lucero Cortés.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia le pidió a la Comisión de Acusación de la Cámara investigar a cuatro magistrados del Consejo Superior de la Judicatura.
La solicitud del alto tribunal se da dentro del proceso que se adelanta contra la congresista Lucero Cortés por tráfico de influencias.
Los magistrados cuentan con el testimonio de una abogada que afirma haber acompañado a Cortés a los despachos de los magistrados de la judicatura para pedir que influyeran en una investigación disciplinaria.
Los magistrados a los que la Corte pide que se investigue son: Temístocles Ortega, Julia Emma Garzón, Jorge Alonso Flechas y Angelino Lizcano, actual presidente de la judicatura.
En tanto, la Corte le confirmó la medida de aseguramiento a Cortés, quien tiene detención domiciliaria.
Según la investigación que le sigue el alto tribunal, Cortés Méndez habría influido para que fuera resuelta una tutela a favor de su esposo, Manuel Rincón.
Además, al parecer, habría presionado a magistrados del Consejo Superior de la Judicatura para que sancionaran al abogado que interpuso una acción judicial contra su esposo.
El caso de Cortés
La congresista Lucero Cortés tiene desde hace un mes su casa por cárcel. Los magistrados ordenaron su detención en un proceso por supuesto tráfico de influencias que salpica a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.
La congresista fue denunciada por el abogado Juan Carlos Salazar Torres. Según él, Cortés y su esposo, Manuel Rincón, habrían movido influencias en la Judicatura para que fuera sancionado. Salazar representaba a la contraparte de Rincón en un proceso por supuesta estafa.
En el proceso, otra abogada llamada Cecilia Moreno -quien durante varios años estuvo a cargo de la parte legal de la empresas del esposo de la congresista- testificó en el proceso y aseguró que Cortés intentó influenciar al magistrado Rafael Vélez Hernández, quien llevaba el caso disciplinario contra Salazar.
Como este se habría negado, dice el expediente, la congresista habría acudido a magistrados de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura para que lo presionaran.
La testigo afirma que el mismo Rincón le dijo que necesitaba 150 millones de pesos para resolver el tema en la Judicatura en Bogotá.
El magistrado Vélez le dijo a la Corte que en retaliación por haberse resistido a las supuestas presiones de Cortés, fue sancionado disciplinariamente por un proceso que ya había sido fallado a su favor.
También denunció ante la Comisión de Acusaciones a los magistrados del Consejo Angelino Lizcano, actual presidente del Consejo Superior de la Judicatura, Jorge Alonso Flechas (ya retirado) y Julia Emma Garzón, ex presidenta de la Sala Disciplinaria de ese tribunal.
El abogado Germán Palacios, que representa a la congresista, dijo que el proceso contra su cliente "ha sido más mediático que judicial", y que solo pretende deslegitimarla ante la opinión pública.
Los mismos testigos y denunciantes, asegura, participan en otro proceso contra la congresista por un caso de una tutela que terminó en la Corte Constitucional.
La tutela fue presentada en el 2007 y, por estos hechos, la Corte Suprema ordenó una inspección a los archivos de la Secretaría de la Corte Constitucional para verificar el trámite que tuvo esa tutela.
Cortés también enfrenta otros dos procesos por tráfico de influencias. Uno de ellos es por denuncias que hizo el director de Estupefacientes, Juan Carlos Restrepo, por el manejo de bienes incautados al narcotráfico.
'LAS EPS NO PUEDEN LIMITAR ATENCIÓN A PACIENTES CON SIDA': CORTE
El alto tribunal llama la atención a la Nueva EPS por denegar algunos servicios de salud.
El caso de una pareja infectada de Sida que tuvo que recurrir a una tutela ante la negativa de la Nueva EPS de atenderlos por no tener 26 semanas como afiliados desembocó en una fuerte reacción de la Corte Constitucional, que en un fallo de tutela advirtió a las entidades la obligación de brindar protección a quienes sufren enfermedades catastróficas o ruinosas.
"De acuerdo con lo anterior, esta Corporación ha señalado que las entidades responsables no pueden obstaculizar la realización de tratamientos o procedimientos médicos requeridos por un afiliado que se le ha diagnosticado una enfermedad catastrófica o ruinosa, bajo el argumento que no ha cotizado el número de semanas que la ley señala, estando demostrada la situación de urgencia y la incapacidad del usuario de cubrir el costo a su cargo", señala la decisión.
El caso ocurrió en Cúcuta. La cónyuge del afiliado requería de atención inmediata debido a que su estado se había deteriorado. Él se había infectado del virus del Sida en 1999 y a ella le diagnosticaron la misma enfermedad en junio del 2010, cuatro semanas después de haber ingresado al sistema de salud como beneficiaria de su esposo.
La nueva EPS alegó entonces que el afiliado aún no completaba 26 semanas de cotización por lo que requería asumir parte de los costos médicos para atender a su esposa.
Sin embargo, la situación económica del afiliado le impedía asumir estos costos. "Tanto mi señora esposa como yo necesitamos un tratamiento integral de la enfermedad, ya que como es conocido por todos las defensas se nos disminuyen y somos susceptibles de recaer por cualquier cosa".
El gerente de la entidad en Norte de Santander dijo que sólo cumplía con los requisitos que exige el sistema para prestar el servicio y que al afiliado no se le había negado la atención que requería.
Ante la negativa, el afiliado presentó una tutela ante el un juez laboral de Cúcuta que la rechazó por improcedente. La Corte revocó esa decisión y le dio 48 horas de plazo a la Nueva EPS para que suministre a la pareja la atención integral que requieren, incluyendo la asistencia médica, quirúrgica y hospitalaria necesaria.
"Por encima de la legalidad y normatividad, está la vida, como fundamento de todo el sistema. Por tanto en estos casos, los afiliados que no cumplan con los períodos mínimos de cotización y requieran ser tratados en razón de una enfermedad considerada catastrófica o ruinosa, sin tener los recursos necesarios para sufragar el porcentaje que le correspondería, tienen el derecho y las entidades el deber de atenderlos", indicaron en el fallo.
También advirtió que el tratamiento integral que la EPS debe suministrar a la pareja tienen que limitarse a los padecimientos que presentan los pacientes por la enfermedad que padecen.
"No se puede entender esta orden como una cheque en blanco que los habilite para solicitar todo tipo de servicios médicos sin pago alguno, ya que ésta no es la finalidad de la decisión, lo que se busca con ella es evitar que el demandante se vea en la obligación de recurrir a la acción de tutela cada vez que requiera una cita, un medicamento, un procedimiento o un servicio determinado por su médico para su enfermedad".
NUEVA EPS NO DEJÓ DE ATENDER A PACIENTES CON SIDA
La entidad aseguró que desde marzo pasado se le están brindando todos los servicios.
Así lo dio a conocer la Nueva EPS al comentar la sentencia posterior dada a conocer este lunes, por la Corte.
La entidad de salud informó que tras una nueva prueba, se confirmó que la paciente era portadora del virus y ahí se empezó a proporcionarle todos los servicios.
Fuentes de la entidad mostraron su preocupación porque, dicen, el fallo podría interpretarse como una orden para no establecer la capacidad de pago de los pacientes que no tienen todos los requisitos y atenderlos integralmente con la sola declaración de que no pueden cubrir sus tratamientos médicos no cubiertos por el POS.
Esta fue la respuesta tras darse a conocer la noticia de una sentencia de la Corte Constitucional sobre una tutela interpuesta por una paciente con sida que aseguró que no fue atendida. El alto tribunal llamó la atención a la Nueva EPS por denegar algunos servicios de salud.
El caso de una pareja infectada de Sida que tuvo que recurrir a una tutela ante la negativa de la Nueva EPS de atenderlos por no tener 26 semanas como afiliados desembocó en una fuerte reacción de la Corte Constitucional, que en un fallo de tutela advirtió a las entidades la obligación de brindar protección a quienes sufren enfermedades catastróficas o ruinosas.
HACE 20 AÑOS COLOMBIA ESTRENÓ SU CONSTITUCIÓN
Por: ANTONIO NAVARRO WOLFF
En esta sala del Centro de Convenciones de Bogotá deliberó la plenaria de la Asamblea Constituyente que adoptó la nueva Carta fundamental de los colombianos.
Compartir158 13La Carta de 1991 marcó un cambio profundo en las nuevas generaciones de colombianos.
EL TIEMPO y la Universidad de los Andes se alían para presentar una mirada de sus protagonistas y estudiosos.
1991, un momento irrepetible
El 8 de diciembre de 1990 se eligieron los 70 constituyentes que escribimos la actual Carta Magna del país, sin que participara la mayoría de los políticos tradicionales, quienes no se percataron de la importancia que la Asamblea tenía para el país. Tal circunstancia produjo un cuerpo colegiado en el que un puñado de destacados políticos estuvo acompañado de muchos profesores de derecho constitucional y ciudadanos del común.
Por primera vez en más de un siglo no había un grupo que pudiera ostentar la mayoría absoluta. El M-19, recién desmovilizado, alcanzó el 28% de los votos -y se constituyó en el resultado electoral más importante de la historia de la izquierda hasta hoy-, los liberales, otro tercio y los conservadores el restante. Los indígenas, hasta entonces jurídicamente menores de edad, tuvieron asiento; los cristianos no católicos, en un país cuya religión oficial era el catolicismo, también obtuvieron sillas; los jóvenes de la Séptima papeleta eligieron representante propio, un ex presidente fue un miembro más del cuerpo colegiado. Es realista decir que por primera vez estaba representada Colombia entera, con toda su diversidad, con toda su pluralidad.
A esa pluralidad se le debe sumar la reconciliación entre Álvaro Gómez y el M-19, que lo había secuestrado, para entender que todo en ese momento parecía posible. El espíritu de consenso y de trabajo por los intereses generales, por encima de los personales, fue la marca de fábrica de la Asamblea. Decidimos escribir una Carta para los siguientes 100 años pensando en grande y con desprendimiento.
Sus resultados más destacados son el Estado Social de Derecho, con tutela y Corte Constitucional, para que los derechos de los ciudadanos tengan primacía; la valoración y respeto de las minorías, hasta entonces ocultas y marginadas; el sello ecológico adelantado a su tiempo, en un mundo que necesita ser sostenible; la Fiscalía General, para meter en cintura a las mafias, por entonces desbordadas; la separación de poderes, que dejó atrás la negra noche del estado de sitio permanente y es hoy orgullo nacional en el ámbito latinoamericano al haber evitado un tercer período presidencial y encarcelado a más de 80 congresistas por paramilitarismo; la democracia participativa casi sin estrenar, como lo están el estatuto del trabajo y el ordenamiento territorial.
Es un cuerpo institucional moderno y democrático, impensable si quienes lo hubieran elaborado hubieran sido los políticos tradicionales.
Se le han hecho 29 reformas, la mayoría de ellas inocuas. Un par no me ha gustado: el debilitamiento de la descentralización y la reelección presidencial inmediata. Otras han sido convenientes, como la que permite reorganizar los partidos políticos serios, después de la afortunada finalización del bipartidismo excluyente. Faltan temas por lograr, como adecuados controles para la corrupción o fondos de compensación regionales para los departamentos pobres.
Veinte años después, la Constitución de 1991 sigue su camino. La hizo posible una combinación de factores tal vez irrepetible. No en balde la Asamblea fue escogida como uno de los 10 momentos más importantes en los 200 años de vida independiente. Lo merece.
'El mayor de los desafíos de la historia...': César Gaviria
"Señoras y señores Constituyentes:
"Por voluntad del pueblo de Colombia, ha recaído sobre sus hombros el mayor de los desafíos de la historia contemporánea de nuestra república.
"No se trata solamente de atender las expectativas de millones de colombianos que hoy los contemplan con la esperanza de que sus anhelos de renovación y de cambio institucional sabrán ser interpretados cabalmente. Su responsabilidad también es con el futuro de Colombia, con los hijos de nuestros hijos, con todos nuestros conciudadanos (...)
Avanzado el siglo XXI, ellos querrán recordar con gratitud aquella Asamblea Constituyente de la cual surgió una Constitución que contribuyó a consolidar la paz, a cimentar un orden justo y a fortalecer una democracia abierta a la participación de todos los colombianos (...)
"Como Presidente de la República me ha correspondido asumir un liderazgo en la construcción de este camino de la revolución pacífica, en la cual estamos comprometidos. No para romper el orden institucional, sino para fortalecer el Estado de Derecho. No para imponer un programa, sino para conformar un nuevo consenso. No para construir desde cumbres lejanas una Constitución, sino para hacerlo escuchando siempre la voz del pueblo (...)
"Aquí estamos. Ante la primera Asamblea Constitucional de nuestra historia elegida directamente por el pueblo, representativa de toda la nación, integrada por voceros de las diversas regiones, pluralista en su composición, equilibrada en la distribución de sus fuerzas y agrupaciones políticas y sociales (...)
"Ha sido largo el camino, pero ya hemos superado numerosos y difíciles obstáculos y hemos dejado atrás repetidas frustraciones. Se han derrumbado las talanqueras que se le habían atravesado a la transformación (...)
"Colombia necesita una Constitución para asumir un papel preponderante en el nuevo orden internacional que se está gestando; para la nueva era de las revoluciones tecnológicas que se suceden con pasmosa rapidez; para una economía que se está abriendo a un escenario mundial cada vez más interdependiente.
También debe preparar sus instituciones para una sociedad pluralista cada vez más compleja; para un ciudadano que quiere tener mayor participación en las decisiones, para comprometerse con los cambios y no depender del paternalismo; para un Estado servidor que debe responder con dinamismo a las numerosas peticiones y grandes expectativas de la comunidad; para una nueva política en la cual el debate abierto de las ideas será predominante".
DOBLE AFILIACIÓN, OTRA DE LAS TRAMPAS AL SISTEMA DE SALUD
Las personas del régimen subsidiado que migran a EPS del contributivo terminan por perder el derecho a los servicios, por tener doble afiliación.
13EPS del sistema contributivo afilian a personas del subsidiado, pero no les prestan servicios.
La Superintendencia Nacional de Salud tiene bajo la lupa una práctica mediante la cual algunas EPS del régimen contributivo afilian, de manera irregular, a personas que ya son beneficiarias del régimen subsidiado, para obtener las primas que el sistema de salud les entrega por prestar servicios de salud.
De acuerdo con denuncias aportadas por funcionarios de varias secretarías de salud del país (especialmente de la Costa Atlántica), que están siendo investigadas por la Supersalud, esta práctica de doble afiliación, prohibida por la ley, comienza con gestores comerciales de algunas EPS del contributivo.
Estos buscan a potenciales afiliados entre quienes ya son beneficiarios del sistema de salud, a través de EPS del régimen subsidiado. Dichos gestores, que se presentan como funcionarios del gobierno, abordan a afiliados que preferiblemente tengan núcleos familiares grandes y les ofrecen trasladarlos a una EPS del contributivo.
No sólo los convencen de que este régimen les ofrece servicios de salud más amplios y una red de hospitales y clínicas que es mejor que la del subsidiado, también les dicen que, contrario a lo que pasa con los demás afiliados a EPS del contributivo, ellos no tienen que pagar nada. Los convencen de que el Gobierno asume el pago mensual de sus cotizaciones.
¿En qué consiste?
Según las denuncias, un tercero (que se presume que es la propia EPS del contributivo que pone en marcha la práctica) asume el pago de la cotización del nuevo afiliado, que se calcula sobre un salario mínimo, como si se tratara de un trabajador independiente (unos 64 mil pesos mensuales).
La EPS reporta los datos del nuevo afiliado al Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), que a través de su subcuenta de compensación le devuelve una prima (o unidad de pago por capitación, UPC, que para este año es de 500.583 pesos) por este afiliado, y por cada uno de los miembros de su familia.
En otras palabras, si todo el núcleo familiar está compuesto por cinco personas (el cotizante y cuatro más), la EPS recibe 2,5 millones de pesos mensuales.
En teoría, el nuevo afiliado podría entonces recibir servicios de salud del contributivo al que fue afiliado, pero eso no ocurre. Según las denuncias, estas EPS recurren a prácticas como demorarles la entrega de los carnés durante semanas y meses, documento sin los cuales no pueden ser atendidos.
Cuando finalmente se los entregan, y los nuevos usuarios solicitan el servicio de salud, se encuentran con que la EPS no reportó, como exige la ley, la nueva afiliación, razón por la cual siguen registrando como beneficiarios del subsidiado.
En ese estado de cosas, tampoco pueden recibir servicios de salud. En otras palabras, las EPS del contributivo que recurren a esta práctica, reciben primas (o UPC) del Fosyga por estas personas, a las que nunca les prestan servicios.
Aunque se investiga qué tan común es esta práctica y cuántos recursos de la salud se han perdido gracias a ella, Cristian Sanjuán, ex secretario de salud de Soledad (Atlántico), asegura que sólo en este municipio se pudo evidenciar el traslado de cerca de 18 mil personas del subsidiado al contributivo.
Diez mil casos en Barranquilla
Luis Alexander Moscoso, ex secretario de salud de Barranquilla y actual alto consejero para la inversión social, aseguró que también hubo dobles afiliaciones en esa ciudad, y que ordnó investigar los casos que fueron detectados.
"Estos ercaderes de la salud ahora tienen como blanco a los afiliados más pobres del subsidiado, ojalá a la cabeza de núcleos familiares grandes. Ellos le pagan al Estado el 12 por ciento de un salario mínimo (unos 64 mil pesos), pero recobran una UPC por él y por cada miembro de la familia", dice.
De acuerdo con Moscoso, en la Secretaría se percataron de la práctica a raíz de un retiro masivo de al menos 10 mil afiliados del subsidiado a comienzos del 2010, "tras buscarlos los encontramos afiliados a la EPS Multimédicas; practicamos visitas de campo y encontramos que era gente muy pobre, sin trabajo, que había firmado su traslado al contributivo, pero que no estaba recibiendo el servicio".
Moscoso puso el caso en conocimiento de la Supersalud: "estamos seguros de que esta práctica ni es nueva ni es exclusiva de esta región", afirmó a ELTIEMPO.COM
'Hemos seguido recibiendo denuncias': Supersalud
La Superintendencia Nacional de Salud confirmó que contra las EPS Multimédicas y Golden Group adelantó, el año pasado, una serie de actuaciones que incluyeron la solicitud de revocatoria de su licencia de funcionamiento, debido al traslado irregular de afiliados del subsidiado al contributivo. Sin embargo, la medida fue levantada por un fallo de tutela, por lo que se encuentra en impugnación.
Así mismo, el organismo de control investiga por multiafiliación a las EPS Salud Colombia y Red Salud (quiere decir que tienen casos de usuarios que siguen figurando en su base de datos, e incluso siguen recibiendo primas por ellos, pese a que éstos decidieron afiliarse a otras EPS).
De acuerdo con Conrado Gómez, superintendente Nacional de Salud, las explicaciones dadas por estas empresas no solo no han sido satisfactorias, sino que la Supersalud ha seguido recibiendo denuncias sobre el tema.
Estos casos, según Gómez, han llevado a la entidad a hacer seguimiento a las bases de datos de afiliados a EPS del contributivo para detectar "incrementos inusitados" que pudieran estar ligados a traslados irregulares.
En Soledad, 18 mil personas fueron doblemente afiliadas
Soledad (Atlántico) es, quizá, uno de los municipios donde con mayor descaro se llevó a cabo en los últimos años una de las tantas modalidades de fraude al sistema de salud en Colombia: la de la doble afiliación en el régimen subsidiado y en el contributivo.
Prohibida expresamente por la Ley, esta práctica permitió que, sólo en Soledad, "cuatro EPS del contributivo se quedaran con las primas que el sistema entrega por sus afiliados, aunque estos pertenecieran casi siempre al Sisbén y ya estuvieran inscritos en el régimen subsidiado".
Según denuncia el ex secretario de Salud de ese municipio, Cristian Sanjuán Bonilla, cerca de 18 mil habitantes fueron engañados por "gestores pagados por esas EPS" para firmar un papel en blanco y entregar una fotocopia de la cédula de ciudadanía.
"Esos engaños se daban sobre todo en diciembre, aprovechándose de las fiestas navideñas. Los que nosotros documentamos y denunciamos ante las autoridades en su momento se dieron casi todos a finales del 2009. A la gente más pobre le prometían becas para estudios, juguetes para los niños, mercados, cosas como esas", explicó a ELTIEMPO.COM Sanjuán, en entrevista telefónica.
El fraude operaba de esta forma: las EPS afiliaban al contributivo sólo al jefe familiar y mientras pagaban la cotización de un solo afiliado, recibían luego de una subcuenta de compensación del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) el equivalente a la salud de todos los miembros de la familia (medida en UPC o Unidad de Pago por Capitación).
Y en ese municipio del Atlántico, como lo confirmó el ex funcionario, "en promedio, cada familia está compuesta por seis o siete personas".
'No es normal que hubiera 30 quejas diarias'
Sanjuán, que estuvo casi cuatro años en el cargo y renunció en octubre pasado, asegura que la Secretaría que dirigía prendió las alarmas cuando a principios del 2010, en uno de los reportes mensuales que entrega a los entes territoriales, el Fosyga le informó que "unas 18.000 personas del municipio aparecían, de un momento a otro, como cotizantes del contributivo".
Eso se mezcló con miles de denuncias que empezaron a llegar a su oficina. "En promedio, había unas 30 quejas por día. Eso no era normal, era evidente que algo raro estaba pasando", explica.
Sucede que, en el momento en que muchas de esas personas que fueron engañadas necesitaban utilizar el servicio, éste les era negado porque aparecían en las bases de datos de los dos regímenes. En la mayoría de los casos, además, la gente no sabía que había sido afiliada de manera fraudulenta al contributivo. "A muchos les prometían juguetes o becas y en ningún momento les decían que la fotocopia de su cédula fuera para eso", asegura Sanjuán.
El error de las EPS, dice el ex funcionario, es que no pensaron que buena parte de las personas a las que engañaron fueran pacientes de alto costo, cuyas enfermedades (cáncer, sida o problemas renales, entre otras) requieren de tratamientos continuos.
"Hicieron mal el cálculo. Creían que toda esa gente nunca iba a acudir a un centro de salud y que no se iba a enfermar, pero no se percataron del número de pacientes de alto costo que estaban afiliando de manera fraudulenta al contributivo", señala.
Sanjuán afirma que viajó directamente a Bogotá a radicar de manera formal la denuncia de lo que estaba pasando en su municipio y que aquí lo recibieron el entonces superintendente Nacional de Salud, Mario Mejía, y el que en ese momento era el superintendente Delegado para la Atención en Salud, Darío Cantillo.
"El fraude está comprobado pero para mí, lo más grave es que abusaron de la gente más pobre, de los más vulnerables -dice el ex secretario-. En Soledad, cerca de 270 mil personas pertenecen a los estratos 1 y 2. Esto de la doble afiliación lo hicieron en muchas partes del país, pero nuestro municipio es especialmente vulnerable por su pobreza y también porque representa el 82 por ciento de la población del Atlántico, sin contar a Barranquilla".
DOS MAGISTRADOS DE LA JUDICATURA, A EXPLICAR CASO LUCERO CORTÉS
La Corte dictó medida de aseguramiento contra la congresista Lucero Cortés.
La solicitud fue hecha por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
La Sala Penal de la Corte Suprema le pidió a la Comisión de Acusación de la Cámara que investigue a dos de los actuales magistrados de la Judicatura, entre ellos su presidente, Angelino Lizcano, y a tres ex magistrados por el caso del supuesto tráfico de influencias que hoy tiene con casa por cárcel a la congresista de 'la U' Lucero Cortés.
Lizcano, la ex presidenta de la Sala Disciplinaria, Julia Emma Garzón, y los ex magistrados Jorge Alonso Flechas (hoy procurador judicial), Temístocles Ortega y Martha Patricia Zea aparecen en el documento remitido por la Corte, que investiga si la congresista movió 'palancas' para favorecer a su esposo en varias disputas legales.
Cortés fue denunciada por el abogado Juan Carlos Salazar, porque, según él, Cortés y su esposo, Manuel Rincón, presionaron a la Judicatura para que fuera sancionado.
La representante también enfrenta otros tres procesos por tráfico de influencias. Uno tiene que ver con las denuncias del festín de políticos con bienes de Estupefacientes denunciado por el actual director, Juan Carlos Restrepo.
EL ESPECTADOR
TRATADOS QUE DEJAN SECUELAS
Por: Héctor Sandoval Duarte
Acuerdos comerciales con Canadá y Estados Unidos pondrían en líos a avícolas y ganaderos.
La proximidad de un Tratado de Libre Comercio con Canadá y la posibilidad de aprobar pronto el acuerdo comercial con Estados Unidos tienen pensando a los porcicultores, ganaderos y avícolas del país, quienes no dejan de inventar planes para evitar la extinción de los sectores y la desaparición de miles de empleos.
Los porcicultores, afectados por la temporada de lluvias, no ocultan su temor por los grandes tratados comerciales. El gerente de la Asociación Colombiana de Porcicultores, Carlos Alberto Maya, dijo a El Espectador que “Estados Unidos y Canadá nos ponen en una situación vulnerable porque tienen industrias muy desarrolladas, grandes y son exportadores netos”.
Maya manifestó que “tenemos más de 100.000 empleos en este momento que pueden verse en riesgo en caso de no lograr consolidar bien nuestras estructuras y permitir la entrada de alimentos de otros países”. Adicionalmente, el mal estado de las carreteras y los altos precios internacionales del maíz les han causado dolores de cabeza a los porcicultores.
Pese a la amenaza, el gremio porcicultor espera que se destrabe el TLC con Corea del Sur, donde se abren oportunidades para comercializar sus productos.
En el caso de las avícolas, aunque fueron eximidas de la negociación comercial con Canadá, no dejan de preocupar las amenazas que representa un TLC con Estados Unidos para un sector impactado por el invierno y por el alto precio de los alimentos. El presidente de la Federación Nacional de Avicultores (Fenavi), Jorge Enrique Bedoya, señaló que no habría equilibrio, hecho que pone al sector a ‘aletear’ en la cuerda floja.
A su vez, el gremio ganadero no deja de sentirse amenazado ni de señalar que no ha habido avance alguno para el sector después de negociado el TLC con EE.UU. Para el presidente de la Federación Nacional de Ganaderos, José Félix Lafaurie, a Canadá y a su país vecino no entrará un solo kilo de carne o un solo litro de leche nacional. “El choque externo es terrible. La amenaza sigue latente”, manifestó el dirigente gremial, quien considera que un millón de empleos en el sector ganadero nacional podrían estar en peligro.
Eduardo Sarmiento Palacio, director del Observatorio Económico de la Escuela de Ingenieros Julio Garavito, señaló que estas liberaciones arancelarias seguirán trayéndole al país un desplazamiento de la agricultura. Y agregó que “el país no tiene infraestructura para competir con esos países”.
Lo que se está cometiendo con la puesta en marcha de los acuerdos comerciales, según Sarmiento, es un grave error para la economía. “El día que se bajen esos aranceles a cero, van a crecer las importaciones nacionales 50% o 60%”, agregó.
Atender el consumo nacional con bienes importados es, para Sarmiento, una falla en la que no se debe incurrir, debido a que se pondrían a tambalear miles de empleos en diferentes sectores del aparato productivo nacional.
EN FIRME MEDIDA DE ASEGURAMIENTO CONTRA LUCERO CORTÉS
Se le sindica de ejercer tráfico de influencias para favorecer a su esposo irregularmente en un litigio jurídico.
En firme quedó la medida de aseguramiento dictada en contra de la ex representante a la Cámara Lucero Cortés, sindicada por la Corte Suprema de Justicia de ejercer un supuesto tráfico de influencias para favorecer a su esposo Manuel Rincón en una pugna jurídica que libraba por considerar que había sido víctima de estafa en el proceso de compra de unas acciones; le negaron la libertad con la imposición de brazalete elctrónico.
Al parecer, la dirigente se presentó ante magistrados del Consejo Superior de la Judicatura, para persuadirlos, empeñada en conseguir que la Sala Disciplinaria que sancionaran a su colega del Seccional de Cundinamarca Rafael Vélez, suspendido en el ejercicio de sus funciones durante un año.
El mismo afectado aducía que se trataba de una cuenta de cobro por no haber sancionado a un abogado que representaba a un grupo de accionistas de una firma de televisión por cable inmersos en un negocio en el que, dice Manuel Rincón, resultó siendo víctima de estafa.
Aunque la Sala Disciplinaria de la Judicatura asegura que no hay prueba que demuestre que se produjo el mentado tráfico de influencias, pues incluso el juez de segunda instancia ratificó la absolución del abogado en litigio con el compañero sentimental de la parlamentaria, la Corte le pidió a la misma Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara que investigara a los magistrados supuestamente incriminados en el caso.
La Sala Disciplinaria insistió en que la sanción en contra del magistrado Vélez, quien aducía a la supuesta cuenta de cobro que se le estaba haciendo efectiva, se debía a que había permitido el vencimiento en los términos de varios procesos de los que estaba a cargo y no como respuesta a ofrecimiento alguno de parte de Lucero Cortés a sus magistrados.
PIDEN INVESTIGAR A SEIS MAGISTRADOS DE LA JUDICATURA POR CASO LUCERO CORTÉS
La Corte Suprema compulsó copias a la Comisión de Acusación de la Cámara para que indague si incurrieron en irregularidades.
Que se investigue la supuesta irregularidad en la que incurrieron seis magistrados de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura por supuestos favorecimientos al esposo de la congresista Lucero Cortés, pidió la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
El alto tribunal compulsó copias a la Comisión de investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, a fin de que determine si hay lugar o no a investigar a los altos juristas, algunos de los cuales ya culminaron sus periodos constitucionales en esa Sala.
Entre los afectados con la solicitud se encuentran los actuales togados de la Sala Disciplinaria Julia Emma Garzón y Angelino Lizcano, además de los exmagistrados Temistocles Ortega y Jorge Flechas.
A0parentemente, Cortés pudo haber presionado la sanción de un año que sufrió el magistrado del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, Rafael Vélez, supuestamente, por negarse a favorecer los intereses del marido de la dirigente Manuel Rincón, según la investigación que abrió este miércoles la Corte Suprema de Justicia.
Aparentemente, la parlamentaria también se reunió con integrantes de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior, en busca de que se condenara disciplinariamente al juez, según él, como retaliación por no haber sancionado al abogado que se encontraba en litigio con el compañero sentimental de Cortés.
Él mismo denunció en entrevista publicada por El Espectador, que la decisión de sus superiores se debía a que se había negado a sancionar al jurista y no a la supuesta mora que se le atribuía en varios procesos. Según un testigo, la dirigente también se reunió con su mismo denunciante para hablar de la confrontación jurídica que protagonizaba su esposo por un caso en el que consideró haber sido víctima de estafa.
Al parecer, Cortés desplegó varias acciones, en el propósito de que la Justicia fallara en favor de los intereses de su marido, que buscaba la revocatoria de la preclusión dictada por la Fiscalía en la investigación y la sanción del abogado con el que estaba enfrentado, por la compra de acciones de una firma de televisión por cable.
En ninguna de las decisiones jurídicas los esposos Cortés obtuvieron los resultados que esperaban, pero la Corte Suprema de Justicia encontró mérito para vincular formalmente a la parlamentaria del Partido de la U por presunto tráfico de influencias, con el propósito de precipitar fallos que controvirtieran las decisiones del fiscal, quien no encontró indicios de la ocurrencia de la aludida estafa.
JUSTICIA ANTIDEMOCRÁTICA EN COLOMBIA?
Por: Paloma Valencia Laserna
Administrar justicia es difícil; afecta la vida, bienes y libertad de los ciudadanos. Por eso debe ser reglada, de periodos cortos y controles estrictos. El diseño institucional en el contexto democrático es un reto fracasado en nuestro país.
La democracia, donde el poder corresponde al pueblo, tiene muchas fallas. Es, como lo decía Churchill, el peor sistema excepción hecha de todos los demás. Muchos colombianos son críticos de la democracia, dicen que aquí los votos se compran, se venden, se presionan y están viciados. Esto nos deja en un terreno inestable y pareciera que para muchos es mejor tener instituciones fuera del poder corruptor de la democracia. Independientes, les dicen. La cuestión es ¿En manos de quién? ¿En virtud de qué? La democracia, frágil, endeble, insuficiente, al menos nos ubica frente a una voluntad general y no particular. La idea de que hay hombres mejores o que saben más que el colectivo está ya extinta. Las verdades son consensos y lo que es bueno lo decide la sociedad misma. El colectivo es muy distinto al simple agregado de los individuos; se cristaliza una voluntad que a lo largo de la historia se ha probado menos arbitraria y más justa que la de los otros sistemas.
En busca de la “independencia” de la rama jurisdiccional esta se apartó de la democracia. La cooptación, sistema mediante el cual se elige la Corte Suprema, es antidemocrático. Consolida núcleos de poder por fuera de las orbitas del control social. Los magistrados eligen a sus pares haciendo las posibilidades de renovación remotas, y su sintonía con el querer democrático es nula. Más aún, según la Constitución esa corporación juzga los delitos de sus pares. Se nombran y se juzgan entre ellos; nadie los influye, ni controla.
En sistema penal acusatorio copiado del estadounidense tiene diferencias que sacan al nuestro del contexto democrático. En EE.UU. el fallo del juicio lo hace un jurado plural, particular y transitorio. El juez se limita a exigir las formalidades procesales y a tasar la pena. Este jurado reduce el poder del juez y acerca el sistema al querer ciudadano -son grupo que los representa- Además, el fiscal es elegido popularmente, lo que obliga a estar en sintonía con la ciudadanía y a atender los delitos con mayor impacto social. En Colombia la Fiscalía es un poder extraño, persigue a los ciudadanos pero no los escucha ni los representa; el juez en cuya sapiencia y voluntad se encomiendan los bienes más preciados del hombre, es soberano.
La Corte Constitucional, también es susceptible de la crítica antidemocrática. Sus providencias, muchas acertadas, la convirtieron en ordenador del gasto público y última instancia de la interpretación constitucional. Lo perturbador del asunto es que para semejantes empresas, su vínculo con la democracia, aunque mayor que el de la Suprema, es también vago. En EE.UU. interprete constitucional final es el Congreso que puede revocar las decisiones de la Corte Suprema. Los congresistas tienen mayor representatividad democrática y por eso su sentir se impone incluso sobre el de la Corte.
Se habla de la politización de la justicia en Colombia y la sola idea es perturbadora, pues los teóricos del Estado han dicho la dictadura de los jueces es la más despreciable y peligrosa de todas las posibles. Revisado el asunto de manera teórica es evidente que ello puede estar pasando. La politización es precisamente el que se establezcan agendas en las ramas del poder que no corresponden a los designios democráticos, sino a los de un sector. Surgen y se desarrollan sin que el colectivo pueda influirlos. Colombia debe comprometerse con la democracia, confiar en ella y darle alas para que vuele.
EL GOBIERNO Y LA EQUIDAD DE GÉNERO EN LOS PARTIDOS
Por: Rodrigo Uprimny
Las acciones del gobierno frente a la búsqueda de una mayor equidad de género en los partidos políticos y en el Congreso son bastante contradictorias.
En diciembre, el Gobierno apoyó un proyecto de ley estatutaria que obliga a los partidos a incorporar un mínimo de 30% de mujeres en sus listas de candidaturas. Pero en marzo presentó otro proyecto que le dice a los partidos que ese mandato no hay que tomarlo tan en serio: que es una simple recomendación.
Colombia está muy atrasada en equidad de género en representación política. En 18 departamentos, nunca ha habido gobernadoras y las mujeres rara vez han ocupado más del 12% de las curules en el Congreso, muy por debajo del porcentaje alcanzado por otros países latinoamericanos, como Costa Rica (39%), Argentina (38%), Ecuador (32%), Perú (27%), México (26%) o Bolivia (25%).
En el ranking mundial sobre participación de mujeres en los congresos, que periódicamente realiza la Unión Interparlamentaria, Colombia ocupaba en marzo de este año el puesto 86 entre los países evaluados. En América Latina, sólo Brasil y Panamá tenían niveles de participación femenina en los congresos claramente menores que Colombia. Pero esos países han tenido presidentas.
La experiencia internacional muestra que la reducción rápida de la inequidad de género en la representación política requiere la adopción de cuotas mínimas para las mujeres en las listas de candidaturas o en los congresos. Eso ha permitido mejoras sustantivas en distintos países de África, como Ruanda, que tiene en el mundo la mayor participación femenina en el congreso.
El proyecto de ley estatutaria aprobado en diciembre, y que está en revisión de la Corte Constitucional, es entonces un paso en la dirección correcta: el artículo 28 establece que las listas de candidatos a corporaciones públicas en circunscripciones que elijan más de cinco miembros deben estar integradas por al menos 30% de mujeres. (En realidad, por defectos técnicos, la norma es un poco confusa pero su interpretación razonable es que prevé esa cuota, que complementaría la Ley 581 de 2000, que había establecido cuotas para mujeres pero en la rama ejecutiva y judicial).
Al parecer, esa cuota asustó a algunos partidos y movimientos políticos que dijeron que no podían cumplirla, porque no contaban con suficientes mujeres para integrar sus listas. El argumento suena a disculpa pues precisamente el propósito del mecanismo de cuota es forzar a los partidos y movimientos a encontrar esas candidatas. Hoy las directivas de los partidos, por prejuicios patriarcales, no ven por ningún lado mujeres idóneas; sólo ven candidatos hombres. Y si existen prácticas o reglas informales que obstaculizan la participación de las mujeres, los partidos deberían esforzarse en removerlas, en vez de invocarlas para perpetuar la discriminación.
Desafortunadamente el Gobierno aceptó ese argumento y el ministro del Interior propuso una reforma que transforma el mandato imperativo en buenos deseos. Este nuevo proyecto dice que “los partidos deberán desarrollar acciones previas a la conformación de las listas a las corporaciones públicas para estimular la equidad de género en ellas”, pero que si esas acciones no les permiten llegar “al umbral o porcentaje mínimo (30%)”, entonces podrán completarla e inscribirla “con candidatos de un mismo género”.
¿Qué creen que va a suceder? Que la mayoría de los partidos van a decir que, a pesar de sus esfuerzos, no lograron que la lista tuviera un 30% de mujeres. Y seguiremos con la actual inequidad de género.
Por ello, en vez de enredarse en esta contrarreforma, el Gobierno y el Congreso deberían centrar sus esfuerzos en favorecer la participación política de las mujeres, para que avancemos a una democracia más incluyente y equitativa.
EL NUEVO SIGLO
EN LA MIRA DE CORTE ‘MANEJO PRIVADO’ DE PARAFISCALES
El Procurador ya advirtió que estos recursos sólo pueden ser manejados por particulares cuando haya un contrato con la Nación de por medio.
EN MEDIO de los fuertes escándalos de corrupción que ha vivido el país en los últimos meses, la Corte Constitucional examinará esta semana el manejo que hacen particulares de los recursos parafiscales.
De manera específica el Tribunal estudiará si en la administración que hacen entidades privadas de dichos recursos hay de por medio un contrato hecho por la Nación, tal como lo ha exigido dicha corporación judicial en reiteradas oportunidades.
De hecho, el procurador Alejandro Ordóñez, en concepto enviado a la Corte, expone que en diversas sentencias, proferidas desde el 2006, “la exigencia constitucional del contrato, no parece caprichosa o irrazonable, pues si bien las contribuciones parafiscales se rigen por un régimen excepcional, respecto de otros tributos, de ello no se puede deducir que los particulares puedan asumir el manejo y la administración de los recursos parafiscales, que son recursos públicos, sin que medie la existencia previa de un contrato celebrado con la Nación. Este contrato es, junto a la ley, el fundamento jurídico que les permite administrar a los particulares dichos recursos”.
Mañana, el máximo tribunal constitucional iniciará el estudio de este tema con la revisión de una demanda de inexequibilidad en contra de varios artículos de la ley que dicta disposiciones sobre la distribución de combustibles derivados del petróleo.
Especialmente fueron demandadas algunas funciones otorgadas al Fondo de Protección Solidaria, Soldicom, que beneficia a los distribuidores minoristas de esta clase de combustibles líquidos, entre las que se encuentran que su administración estará a cargo de éstos últimos.
La demanda cuestiona que la ley no prevé los mecanismos para garantizar la correcta administración de los recursos parafiscales, a través de una autorización al Gobierno para suscribir un contrato con la entidad de naturaleza privada que los administra.
En concepto rendido el 10 de diciembre del año pasado, el jefe del Ministerio Público advierte que la Corte Constitucional ha dictaminado que “el concepto de autorizaciones de la Constitución Política de 1991 (art. 150-12) se encontraba consagrado en la Constitución de 1886 en su artículo 76, numeral 11, en el cual se otorgaba al Congreso la facultad para conceder autorizaciones al Gobierno para la celebración de contratos (…) Los recursos parafiscales son recursos públicos, son del Estado. Cuando su administración corresponde a una persona jurídica de derecho privado, tal administración se cumple en virtud de un contrato entre la Nación y la persona jurídica de derecho privado”, citando sentencias donde se ha examinado la administración de recursos parafiscales por parte de sectores como el cafetero y el lechero.
Frente al artículo de la ley demandada, el órgano de control conceptuó que ésta “autoriza de manera genérica a Soldicom para celebrar un contrato de administración de recursos parafiscales con un particular que represente por lo menos al 30% de los distribuidores minoristas de combustibles derivados del petróleo. La extraña circunstancia de que sea el propio fondo, dotado a la sazón de personería jurídica, el que deba celebrar un contrato con un particular para su administración, parece un asunto menor respecto de la circunstancia de que el fondo, que al tenor del artículo sexto de la ley demandada es “un ente de carácter privado sin ánimo de lucro”, deba celebrar un contrato cuyo objeto es la administración de recursos parafiscales que son, no sobra recordarlo una vez más, recursos públicos”.
“Por lo anterior – continúa la Procuraduría - no es aceptable que un contrato de administración de recursos públicos, sea suscrito por dos entes de carácter privado, valga decir, dos particulares. La presencia del Gobierno Nacional en uno de los extremos contractuales es insoslayable y, por tanto, no puede omitirse”.
En consecuencia, el Ministerio Público le pidió a la Corte declarar inconstitucional dicho artículo.
APLAZADA HASTA JUNIO CITA PARA CONCERTAR REFORMA A LA JUSTICIA
Hasta la segunda quincena de junio quedó aplazada la reunión entre el Gobierno y los presidentes de las altas Cortes para analizar los aspectos finales del proyecto sobre reforma a la Justicia, que el Ejecutivo tiene planeado presentar el 20 de julio al Congreso.
Esta cita estaba fijada para el fin de semana anterior (19 al 21 de mayo en Medellín), y contaría con la presencia del ministro del Interior Germán Vargas y los presidentes de las Cortes, con el fin de analizar el proyecto del Gobierno y escuchar las propuestas finales de la Rama Judicial sobre el trascendental proyecto.
Sin embargo, por solicitud de los Altos Tribunales la reunión fue pospuesta, según se dijo por temas de agenda de los magistrados, aunque se han oído voces no oficiales en el sentido de que las Cortes aún no han llegado a un consenso pleno sobre la propuesta que le van a presentar al Gobierno.
No obstante, se conoció que este aplazamiento no modificará para nada la intención del gobierno Santos de radicar esta reforma el próximo 20 de julio, cuando arranca la segunda legislatura del actual Congreso.
A pesar de que la intención del Gobierno es presentar un proyecto de reforma consensuado con la Rama, a principios de mayo el ministro Vargas Lleras dijo al respecto que “ese proyecto entrará el 20 de julio al Congreso con o sin acuerdos, atendiendo a las instrucciones del presidente de la República Juan Manuel Santos, por eso es que pedimos al Congreso colaborar con el Gobierno evacuando la actual agenda, pues al iniciar la nueva legislatura el próximo julio el tema será copado por esta reforma”.
La intención inicial del Gobierno era presentar este proyecto al Congreso en septiembre anterior, pero luego decidió que fuera en marzo último, situación que tampoco se dio a la espera de discutirlo más a fondo con las Cortes.
FORMALISMO Y SUSTANCIALISMO
Por HUGO QUINTERO BERNATE
“Capaces de perder un país con tal de pulir un inciso”
ENTRE las características que definen el funcionamiento de la sociedad colombiana, la del formalismo es una de las más comunes. El culto a las formas probablemente provenga de la herencia hispánica. O tal vez sea de la independencia, que es cuando se acuñó el concepto de “santanderismo” para señalar a quienes eran capaces de perder un país con tal de pulir un inciso.
Un reciente incidente ocurrido en el aeropuerto de Pasto muestra que el tema no sólo es propio del funcionamiento de la administración pública, sino que en la empresa privada se aplica a rajatabla. El reconocidísimo Gobernador de Nariño vio frustrada su asistencia a un congreso en una universidad bogotana para celebrar un aniversario más de la Constitución de 1991, la misma que tiene una cláusula que impone la prevalencia del derecho sustancial, porque no tenía consigo su cédula de ciudadanía. Uno de esos pequeños emperadores cuyo reino es una puerta, en este caso la de acceso a un avión de Avianca, saludó al Gobernador por su nombre, lo reconoció por su cargo, y le pidió su cédula. Como no la tenía, no lo dejó abordar, simple y llanamente porque tiene la precisa instrucción de seguridad de no dejar viajar a quien no se identifique con la cédula.
Para ese empleado privado, el papel es más importante que las personas. Incluso que él mismo, pues aunque constató, merced a la notoriedad pública del pasajero, que se trataba del gobernador Navarro Wolff, encontró necesario que exhibiera su cédula, para formalizar ese conocimiento real. Es igual que al pensionado que aunque camine, hable y respire cuando va a cobrar la pensión, si no lleva la constancia notarial de supervivencia: está muerto.
Y si bien esos y otros muchos casos sirven para ejemplificar situaciones en las que el formalismo desconoce la realidad e impide el ejercicio de los derechos, hay otras ocasiones en las que las formas protegen las garantías. O, mejor, son las que impiden la vulneración de los derechos. Es decir, hay eventos en los que la forma es el fondo.
Eso ocurre, precisamente en la mayoría de las afectaciones a los derechos fundamentales o en el adelantamiento de los procesos judiciales. Procesar una persona, allanar su domicilio, privarlo de la libertad, o condenarlo, requiere no sólo probar la causa probable para obrar así, sino haber obtenido esas pruebas de acuerdo con las formas previamente acordadas por la sociedad en un conjunto de reglas llamadas debido proceso.
Por eso extraña tanto el escándalo que algunos le quieren armar a la Corte por haber dicho en la providencia inhibitoria de Wilson Borja algo elemental: Al país no se pueden traer pruebas de contrabando.
Lo que sí no extraña es que todos los ataques a la providencia de la Corte Suprema provengan de Uribe y sus carnales. Y después se sorprenden de que fiscales y jueces los consideren un peligro para la sociedad
REVISTA SEMANA
EPS NO PUEDEN LIMITAR ATENCIÓN A PACIENTES CON VIH-SIDA: CORTE CONSTITUCIONAL
El fallo de tutela obliga a la EPS a ofrecerle al paciente, sin límites, la atención necesaria.
El alto tribunal le ordenó a Nueva EPS atender, sin límites, a un paciente que no tenía las semanas de cotización exigidas.
Un fallo de tutela de la Corte Constitucional le da la razón a un paciente portador del VIH y a su cónyuge, a quien su EPS le negó la atención que requería por no tener completas las 26 semanas mínimas de cotización.
Para el alto tribunal, el VIH-sida es una enfermedad “catastrófica o ruinosa” que tiene un tratamiento especial dentro del sistema de salud. Por esta razón, le ordena a la Nueva EPS atender al paciente y a su esposa en las 48 horas siguientes a la notificación y con la atención integral que necesite: medicamentos, servicios hospitalarios, intervenciones quirúrgicas, procedimientos y medicamentos.
Este fallo de tutela sienta un precedente y se traduce en una buena noticia para quienes padecen esta enfermedad. Para la Corte, negar tratamientos o medicamentos “somete al paciente a una espera que muchas veces la enfermedad no soporta, (...) coloca a quien lo padece en un estado de deterioro permanente (...) dejándolo desprotegido frente a cualquier afección que, finalmente puede causar la muerte”.
Exigir los periodos mínimos de cotización no van contra de lo dispuesto en la Constitución. De hecho, los pacientes con enfermedades catastróficas o de alto costo tienen la opción de cancelar el porcentaje pendiente al número de semanas exigidas para acceder a los servicios.
Sin embargo, para este caso, el paciente no tenía los recursos económicos para asumir tales excedentes y fue uno de los motivos que la Corte Constitucional tuvo en cuenta para fallar a su favor, dado que está en juego la salud y la vida del paciente.
“Cuando el afiliado cotizante no tenga capacidad de pago para cancelar el porcentaje establecido y acredite debidamente esta situación, la EPS deberá cumplir con el deber de informar a sus usuarios cuáles son las opciones que tienen para que se garantice el acceso oportuno y eficaz a los servicios de salud requeridos, como acudir ante las instituciones públicas prestadoras de servicios de salud o aquellas privadas con las cuales el Estado tenga contrato”, contempla el fallo de la tutela.